Por Hernán Madrid, jefe de Certificación Edificio Sustentable CES
Luego de la alegría por la recientemente actualización del artículo 4.1.10 de la Reglamentación Térmica de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), es necesario dimensionar los puntos que requerirán ajustes a los requerimientos de CES.
Evidentemente que el foco principal de la actualización es viviendas, pero también se incorporan requisitos para edificios de uso Educación, Salud y Hoteles. Muchos de los proyectos en los que ya se ha convertido en un estándar incorporar CES, como Jardines Infantiles, Escuelas, Colegios, Liceos y Edificios Educación Superior en el caso de uso educación, y Centros médicos, CESFAM, Hospitales y Clínicas, para uso salud.
Dentro de los puntos que será necesario profundizar el análisis, en atención a posibles modificaciones que necesiten los requerimientos CES, se encuentran:
En general, hay una correlación bastante buena entre las zonas térmicas y climáticas, con excepción de algunas zonas pobladas, relevantes pero puntuales, como por ejemplo La Serena- Coquimbo. Será necesario evaluar los ajustes que requiere CES para abordar adecuadamente estas diferencias.
Respecto al segundo punto, envolvente térmica, la actualización de la versión CES Edificios de Uso público v1.1 incluyó, entre varios aspectos, un ajuste en los estándares mínimos para el caso de referencia. Debido a que nuestra actualización se produjo hace casi dos años, sin tener completamente a la vista los nuevos requisitos del 4.1.10 de la OGUC, los requerimientos asociados de la v1.1 se encuentran en el mismo orden de magnitud, pero en algunas zonas presentan leves diferencias.
Un ejemplo es lo que se muestra en la siguiente tabla, que para el caso de muros presenta algunas diferencias en todas las zonas climáticas (respecto de las térmicas de la OGUC):
En el último punto, infiltración de aire, el esquema de certificación CES ha abordado hasta el momento el tema como requerimiento voluntario, con el ensayo de infiltración de aire (blower door test). Con la actualización del 4.1.10 de la OGUC el escenario cambia, ya que se vuelve una exigencia reglamentaria realizar la prueba y, por lo tanto, debería pasar a ser un requerimiento obligatorio en CES, dejando espacio para el requerimiento voluntario cumplimientos por sobre el mínimo.
Todos estos temas los comenzaremos a revisar en un Comité Técnico especifico al que pronto convocaremos, pero siempre es una buena noticia tener que ajustar los requerimientos voluntarios porque los mínimos reglamentarios avanzan, es el espíritu de la certificaciones y su relación con los reglamentos.